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Es urgente: Sistema Integral de Cuidados ya

Mar 8, 2021 | Cuidados, Notas

Por Florencia Bellone

Como todos los #8M, partimos de la misma premisa: “si paramos, se para el mundo”. El paro internacional de mujeres, lesbianas, travestis, trans y no binaries pretende dejar al descubierto que sin nuestro trabajo, tanto dentro como fuera de los hogares, no habría sistema productivo ni sociedad posible.

En este sentido, paramos por el reconocimiento de nuestro trabajo invisibilizado y nuestros derechos. En particular, en Argentina, el Estado se ha comprometido en numerosas oportunidades a definir una agenda con respecto al cuidado que sea respetuosa de los pactos y tratados internacionales de derechos humanos. A pesar de ello, nuestro ordenamiento jurídico sigue reproduciendo desigualdades y estereotipos con respecto al cuidado, ya que siguen siendo las mujeres las únicas titulares y responsables de realizar dichas tareas, sumado a que poco se habla sobre una redistribución entre todxs. 

La implementación de un Sistema Integral de Cuidados que cristalice las obligaciones estatales asumidas es urgente, por lo que el reconocimiento del derecho al cuidado como un derecho universal de todas las personas es nuestra próxima conquista.

La visión maternalista del derecho argentino

Nuestro ordenamiento jurídico hace escasas consideraciones con respecto al cuidado, que lejos de regular la problemática de manera integral y desde una perspectiva de responsabilidad colectiva, refuerzan aún más el estereotipo de mujer como principal proveedora y responsable de las tareas de cuidado.

Al no contar con un Sistema Integral, las licencias de maternidad y paternidad reguladas principalmente por el derecho laboral son una de las patas que ordenan la disposición de tiempo y de recursos de los cuidados. El artículo 177 de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) establece noventa días de licencia de maternidad, mientras que su artículo 158 le otorga al padre únicamente dos días. 

Estos plazos no sólo incumplen con el estándar mínimo requerido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 98 días de licencia por maternidad, sino que también son  discriminatorios ya que centran la licencia en la mujer, como si fuera la madre la responsable principal. Si bien existen algunos regímenes especiales establecidos por Convenios Colectivos de trabajo de determinados empleos públicos e incluso beneficios otorgados por determinadas empresas privadas que extienden los plazos base de las licencias de paternidad, la realidad es que para que haya una equitativa distribución de tareas, la licencia no debería estar condicionada a la profesión ejercida por los xadres. 

Además, es un régimen que se centra en los cuidados dentro de los primeros meses de los niñxs, es decir, se aplica únicamente en los nacimientos. Esto deja un vacío enorme para la regulación de adopciones, cuidados durante otras etapas de la vida y distintas composiciones familiares por fuera de las parejas heterosexuales. 

El Estado, entonces, debe trabajar de manera integral en garantizar el derecho al cuidado desde un enfoque de derechos, entendido no como un apoyo a las mujeres para continuar trabajando dentro del mercado laboral, sino como un derecho universal fundamental, garantizando su acceso independientemente de la condiciones laborales de cada trabajadorx o del género de quien cuida.

La ausencia del Estado en la organización de los cuidados genera que la mayor carga de las tareas siga siendo absorbida por las mujeres dentro del ámbito familiar, así como también por mujeres que encabezan organizaciones sociales que se ponen al hombro las necesidades desatendidas de sus barrios.

A su vez, si los regímenes jurídicos actuales siguen concibiendo las medidas relativas al cuidado como medidas tendientes a que las mujeres puedan conciliar entre la vida familiar y la laboral, no se estarían solucionando los principales problemas que son los de la invisibilización y el alto grado de feminización, raíces de las desigualdades de género. Esto es así ya que quienes tengan la posibilidad económica de delegar las tareas domésticas y de cuidado lo harán en cabeza de otras mujeres trabajadoras.  

Si bien existe en la actualidad una ley que ampara a las trabajadoras de casas particulares (Ley 26844), ellas no tienen los mismos derechos que el resto de lxs trabajadorxs formales. El trabajo doméstico asalariado ha sido regulado mediante un régimen especial que si bien supuso cierto avance, gran parte de las trabajadoras no goza plenamente de sus derechos o siguen trabajando de manera informal. Bajo este régimen no se les garantiza a las trabajadoras de casas particulares el pleno acceso al derecho de la seguridad social. 

Esto se debe a que se establece que para acceder a ello deben trabajar un mínimo de 16 horas semanales para alcanzar el aporte mínimo que les permite acceder a una jubilación y una obra social. Como alternativa para alcanzar el monto mínimo, las trabajadoras pueden, o bien sumar los aportes de sus diferentes empleadores, o bien completar el resto de los aportes requeridos de su propio bolsillo, sabiendo el esfuerzo que ello implica si tenemos en cuenta que son las trabajadoras más pobres de toda la economía. Es así que remunerado o no remunerado el cuidado sigue teniendo escaso reconocimiento y valor tanto social como jurídico, y sigue recayendo sobre las mujeres, reproduciendo la lógica de la desigualdad.

 “Del otro lado del charco” 

El proceso que se dio en Uruguay puede usarse como espejo para construir una verdadera sociedad cuidadora, ya que allí existe desde el 2015 un Sistema Nacional Integrado de Cuidados (creado por la ley 19.353) que busca integrar y regular de manera progresiva la totalidad de servicios públicos y privados para todas las infancias, personas adultas mayores y personas con discapacidad que requieran asistencia. 

Este sistema es entendido como un conjunto de acciones y medidas orientadas al diseño de políticas públicas, fomentando un modelo solidario y corresponsable entre las familias, el Estado, la comunidad y los mercados

Dicho reconocimiento se dio en el marco de la reforma de la matriz social junto al mejoramiento de su sistema de salud, la multiplicación de la inversión en el sistema público de vivienda, la apuesta a la inclusión educativa y la promoción del derecho a la seguridad social.  

En este contexto, el cuidado se incorporó entonces como pilar para cubrir los servicios que no quedaban cubiertos por aquellas estructuras existentes. En la construcción del Sistema de Cuidados se buscó, en primer lugar, focalizar las acciones iniciales en beneficio de las infancias y personas en situación de dependencia severa para poder alcanzar a largo plazo la universalización de este derecho, sin perder de vista las perspectivas del derecho, de género, generacional y étnico-racial. 

En esta primera etapa de implementación se buscó cubrir los déficits de servicios existentes para el cuidado de niñxs de 0 a 3 años, así como también servicios para personas en situación de dependencia severa.

En la actualidad Uruguay cuenta con:

·      Centros de Atención a la Infancia y la Familia (CAIF), financiados con fondos públicos pero gestionados por organizaciones no gubernamentales, que brindan atención diaria a niñxs de entre 0 y 3 años.

·      Casas Comunitarias de Cuidado (CCC), donde niñxs desde los 45 días hasta los 2 años están a cargo de unx cuidadorx en su casa o en un espacio comunitario habilitado para tal fin.

·      Centros SIEMPRE, donde en acuerdo con sindicatos y empresas se brinda atención a niñxs de entre 0 y 12 años durante la jornada laboral de sus padres.

·      Programa de Asistentes Personales (AP) disponible para mayores de 80 o menores de 30 años con dependencia severa que facilita el acceso a la atención de sus necesidades diarias, otorgando subsidios optativos de contratación de un asistente personal habilitado durante 80 horas mensuales.

·      Servicios de Tele Asistencia (TA) para adultos mayores de 70 con dependencia moderada para que puedan solicitar ayuda ante un incidente en su hogar.

·      Centros de Día subsidiados que funcionan como de centros de apoyo a las familias cuidadoras. Estos servicios cuentan con subsidio total para quienes quieran concurrir dos, tres o cinco días a la semana.

A su vez, se buscó visibilizar la corresponsabilidad de las tareas de cuidado, descentralizar territorialmente los servicios para generar otros de más cercanía, así como también profesionalizar las tareas de cuidado a través de la capacitación de  quienes cuidan, sean éstos familiares o trabajadores formales. Todo este trabajo se realizó de manera articulada y participativa, destacando la importancia de desarrollar servicios desde el Estado en combinación con empresas y otros organismos y comunidades para que exista una verdadera reducción de la carga de trabajo y reconocimiento de tareas.

De esta manera, nuestro país vecino ha receptado sus obligaciones jurídicas con respecto al cuidado, y pudo incorporar los principios de derechos humanos a la hora de diseñar su Sistema Integral de Cuidados. Los esfuerzos y avances hasta el momento han sido significativos, tal como lo podemos observar en  la última rendición de cuentas del Sistema de Cuidados Sin embargo,  vale aclarar que todavía queda mucho por recorrer.

Y por casa, ¿cómo andamos? 

En la Argentina existe en la actualidad la voluntad política de hacer frente a la crisis de los cuidados. En primer lugar, se anunció desde el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) que se realizará la Encuesta Nacional sobre Uso de Tiempo y Trabajo No Remunerado el próximo año, reconociendo así en el mismo documento de presentación todas las obligaciones internacionales asumidas desde el Estado y la necesidad de la encuesta para su monitoreo. 

Por otro lado, en noviembre de 2020 se anunció la preparación a través de una comisión redactora del anteproyecto de ley para crear un Sistema Integral de Cuidados con perspectiva de género. La idea es que se trate de un proceso participativo, en el que se escuche a todxs lxs agentes involucradxs para crear los lineamientos a seguir para establecer nuevas obligaciones a largo plazo para el Estado, incluir nuevos derechos y sacar del ámbito privado a los cuidados para transformarlos en un asunto de toda la sociedad.  

Más allá del cambio de paradigma y de discurso evidente frente a esta problemática, nos encontramos frente a una oportunidad histórica de poner sobre la mesa las profundas desigualdades que se generan si seguimos manteniendo políticas públicas que no adopten modelos de desarrollo sustentables y respetuosos de los derechos humanos. Esperemos que las nuevas propuestas sean el puntapié inicial para cerrar las brechas en materia de cuidados, y que sirva como sensibilización y concientización de la situación para que lo que hoy en día es una responsabilidad que recae únicamente en las mujeres pase a ser finalmente una responsabilidad social y de todxs.

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